Tribunal Superior de Bogotá ampara tutela por incumplimiento de medida de seguridad en salud mental de condenado inimputable
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:5:47
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, en ejercicio de su competencia como superior funcional de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma jurisdicción, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021. Se trata de una sentencia en primera instancia que resuelve una acción de tutela interpuesta en defensa de los derechos fundamentales de una persona con trastornos mentales, que fue condenada y declarada inimputable, y cuya medida de seguridad debe cumplirse en un centro especializado.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, representado por su agente oficioso, padece esquizofrenia paranoide y otras patologías psiquiátricas, situación que le impide ejercer su propia defensa. Fue condenado por un Juzgado Penal del Circuito de Bogotá por el delito de homicidio agravado, pero declarado inimputable, por lo que se le impuso una medida de seguridad de internación en un establecimiento psiquiátrico o clínica adecuada, con suministro de atención especializada y medicación, por el tiempo necesario para su tratamiento, sin exceder veinte años. Sin embargo, a pesar de la sentencia emitida el 7 de marzo de 2025, la medida de internación no se ha cumplido. La persona permanece recluida en una estación de policía que no reúne las condiciones mínimas para garantizar su salud mental, medicación y tratamiento permanente. Se solicitó formalmente el traslado al ente encargado, sin recibir respuesta eficaz. Durante el trámite, el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad ordenó al Ministerio de Salud...Más noticias sobre Derecho Penal
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