Tribunal Superior de Bogotá confirma caducidad de incidente de reparación integral en caso de homicidio culposo
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:16:9
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la providencia del Juzgado Treinta y dos Penal del Circuito de Conocimiento, que declaró la caducidad del incidente de reparación integral presentado por la apoderada de los hijos menores de la víctima directa de un homicidio culposo agravado. Los antecedentes fácticos del caso se remontan a un accidente de tránsito ocurrido en diciembre de 2011, donde el conductor de una motocicleta, bajo signos de embriaguez, perdió el control del vehículo, ocasionando la caída de la pasajera, quien sufrió lesiones graves que posteriormente le causaron la muerte. Tras investigaciones y procesos judiciales, el acusado fue inicialmente absuelto en primera instancia, pero posteriormente condenado en segunda instancia a una pena privativa de la libertad, multa y suspensión del derecho a conducir, con suspensión condicional de la ejecución de la sanción. En el proceso, se estableció que la víctima directa del delito era la persona fallecida, mientras que sus hijos menores eran considerados perjudicados, lo que tiene implicaciones en la legitimación para solicitar la reparación integral.El incidente de reparación integral y su caducidad
El incidente de reparación integral es un mecanismo procesal contemplado en el artículo 102 de la Ley 906 de 2004, que busca garantizar la indemnización de los daños ocasionados por la conducta punible, una vez la sentencia condenatoria haya quedado en firme. La solicitud debe ser expresa y puede ser presentada por la víctima, el fiscal o el Ministerio Público a instancia de la víctima, dentro de un término perentorio de treinta...Más noticias sobre Derecho Penal
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