Tribunal Superior de Bogotá declara desierto recurso extraordinario de casación en caso de tráfico de armas
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:26:46
Contexto y antecedentes procesales
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala de Decisión Penal, emitió un auto en el que resolvió declarar desierto un recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa de uno de los procesados en un caso relacionado con delitos de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido o privativo de las Fuerzas Armadas. El proceso se originó en el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bogotá, que declaró penalmente responsables a los acusados en virtud de un preacuerdo celebrado con la Fiscalía General de la Nación. Posteriormente, la sentencia de primera instancia fue apelada y confirmada por la misma Sala del Tribunal Superior, en providencia dictada el 15 de enero de 2025. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario de casación, cuyo trámite fue objeto del pronunciamiento actual.Fundamentos de la decisión: incumplimiento del término para presentación de la demanda
El recurso extraordinario de casación, previsto en el artículo 183 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), consta de dos etapas fundamentales: la interposición del recurso y la presentación de la demanda de casación dentro de un plazo específico. En este caso, aunque el recurso fue interpuesto oportunamente, la defensa no presentó la demanda dentro del término legal de treinta días contados a partir de la última notificación, vencido el 13 de marzo de 2025. La Sala recordó que la oportunidad procesal es un requisito imperativo para la admisión y trámite del recurso, conforme a la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de Justicia, que ha señalado la obligación...Más noticias sobre Derecho Penal
No se encontraron sugerencias