Tribunal Superior de Bogotá revoca auto sobre contabilización de días canon en ejecución de pena
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:31:46
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en ejercicio de la apelación, analizó un recurso interpuesto contra un auto proferido por el Juzgado 8° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, que denegó la solicitud de contabilización de los días canon —es decir, los días adicionales que tienen algunos meses— en la pena privativa de libertad de un condenado por homicidio agravado. El condenado fue sentenciado en primera instancia por el Juzgado 17° Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, tras la aceptación de cargos por coautoría en homicidio agravado. La pena impuesta fue de 225 meses de prisión, además de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo. La medida de aseguramiento en establecimiento carcelario se inició desde la individualización de la pena y continúa siendo vigilada por el Juzgado 8° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. Posteriormente, el condenado solicitó el reconocimiento de los días canon en la contabilización de la pena, petición que fue negada por el juzgado de ejecución en diciembre de 2024, fundamentándose en que la pena se estableció en años, meses y días, y no exclusivamente en días, por lo que el descuento físico de tiempo se aplicó conforme a esa determinación.Fundamentos y consideraciones jurídicas de la providencia
El Juzgado de Ejecución fundamentó su decisión en el artículo 67 del Código Civil, que establece que “el primero y último día de un plazo de meses o años deberán tener un mismo número en los respectivos meses” y que los meses...Más noticias sobre Derecho Penal
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