Tribunal Superior de Bogotá anula notificación electrónica en caso de inasistencia alimentaria y ordena nueva audiencia de lectura de fallo
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:36:34
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala Penal y en segunda instancia, emitió un auto el 2 de abril de 2025 mediante el cual se decretó la nulidad de la notificación de la sentencia proferida el 20 de enero de 2025 en un proceso penal por el delito de inasistencia alimentaria. Esta decisión busca garantizar el respeto a las garantías constitucionales del debido proceso y defensa de las partes involucradas, marcando un precedente en la correcta aplicación de las normas procesales en procedimientos abreviados.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó tras la absolución dictada en primera instancia el 17 de junio de 2024 por un juzgado penal municipal con función de conocimiento. La Fiscalía interpuso recurso de apelación contra dicha decisión, y la Sala Penal del Tribunal Superior revocó la absolución el 20 de enero de 2025, condenando al procesado como autor responsable del delito de inasistencia alimentaria a treinta y dos meses de prisión, multa equivalente a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes, y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo término. El procedimiento fue adelantado bajo la modalidad abreviada, por lo que la notificación de la sentencia debía observar lo establecido en el artículo 545 de la Ley 906 de 2004. En este contexto, la Secretaría de la Sala envió la providencia a través de correos electrónicos a las partes, incluyendo al acusado, su defensor adscrito a un consultorio jurídico universitario, la Fiscalía, la delegada del Ministerio Público y la víctima. Sin embargo, tras la expiración de...Más noticias sobre Derecho Penal
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