Tribunal Superior de Bogotá se abstiene de resolver apelación sobre prescripción de pena en caso de concierto para delinquir agravado
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:42:2
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior de Bogotá, en su Sala Penal, emitió un auto de segunda instancia en el marco de un recurso de apelación presentado contra una providencia del Juzgado 1 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La providencia impugnada, dictada el 11 de abril de 2025, negó la libertad por pena cumplida a un condenado por el delito de concierto para delinquir agravado. La apelación fue interpuesta por la defensa del condenado, quien solicitó que se declarara la prescripción de la pena y, en consecuencia, la libertad inmediata.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se origina en una sentencia del 30 de octubre de 2018, mediante la cual un Juzgado Penal del Circuito Especializado condenó a la persona procesada a 45 meses de prisión, multa y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por un periodo igual al de la pena privativa de la libertad. Desde el 25 de noviembre de 2024, el condenado se encontraba privado de la libertad en un establecimiento penitenciario de Bogotá. Posteriormente, la defensa solicitó la libertad inmediata alegando la prescripción de la pena en virtud del artículo 89 del Código Penal, que establece que la pena privativa de la libertad prescribe en un término no inferior a cinco años contados desde la ejecutoria de la sentencia. Sin embargo, el juzgado de ejecución de penas negó la solicitud basándose en que el tiempo cumplido en detención física era de 4 meses y 16 días, insuficiente para considerar cumplida la pena impuesta.Consideraciones del Tribunal Superior
Al analizar el recurso, el...Más noticias sobre Derecho Penal
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