Entidad emisora y contexto normativo
La resolución fue expedida por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), a través del Vicepresidente de Planeación, Riesgos y Entorno, en ejercicio de sus facultades legales conferidas principalmente por el Decreto 4165 de 2011 modificado por el Decreto 746 de 2022, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 1682 de 2013 y el Decreto Único Reglamentario 1079 de 2015. La publicación oficial se realizó en el Diario Oficial No. 53.182 el 15 de julio de 2025.
El saneamiento automático es una figura jurídica contemplada en la Ley 1682 de 2013, que permite a las entidades públicas adquirir inmuebles para proyectos de infraestructura de transporte, incluso cuando existen vicios en la titulación o tradición registral, garantizando el interés público frente a intereses privados. Esta figura se fundamenta también en el artículo 58 de la Constitución Política de 1991, que reconoce la función social de la propiedad y permite la expropiación por motivos de utilidad pública o interés social.
Asunto principal y destinatarios
La resolución declara el saneamiento automático de una franja de terreno de 172.62 metros cuadrados, ubicada en la zona urbana del municipio de San Jerónimo, Antioquia, correspondiente a un predio que carece de título traslaticio de dominio y antecedentes registrales claros. Este inmueble es requerido para la ejecución del proyecto vial Autopista al Mar 1, desarrollado bajo un esquema de Asociación Público-Privada (APP) por la Concesionaria Desarrollo Vial al Mar S.A.S., concesionaria encargada del diseño, construcción, mantenimiento y operación del proyecto.
Los destinatarios de la resolución son principalmente la Agencia Nacional de Infraestructura como entidad pública adquirente y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sopetrán, que deberá inscribir el acto administrativo y abrir un folio de matrícula inmobiliaria a favor de la ANI. También se notificó al Inspector Municipal de Policía de San Jerónimo y a la Gerencia de Catastro Departamental de Antioquia para la actualización catastral y verificación del cumplimiento.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo central es acreditar el derecho real de dominio a favor de la ANI sobre la franja de terreno necesaria para el desarrollo del proyecto Autopista al Mar 1. La resolución busca superar las dificultades derivadas de la falta de un titular claro en el Registro de Instrumentos Públicos, debido a una falsa tradición en la cadena de títulos, que imposibilita la adquisición convencional del inmueble.
La figura del saneamiento automático permite que, por ministerio de la ley, el Estado adquiera la propiedad sin perjuicio de las acciones indemnizatorias que puedan corresponder a los poseedores o titulares inscritos, garantizando así la ejecución efectiva de obras de infraestructura de interés público.
Principales decisiones y regulaciones de la resolución
Entre las disposiciones más relevantes se destacan:
- Declarar el saneamiento automático del predio identificado con la ficha predial MAR1UF2016, con área de 172.62 m², ubicado en San Jerónimo, Antioquia.
- Constituir el derecho real de dominio a favor de la Agencia Nacional de Infraestructura sobre dicho inmueble.
- Destinar el inmueble al proyecto vial Autopista al Mar 1, considerándolo bien de uso público.
- Solicitar a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sopetrán la apertura del folio de matrícula inmobiliaria y la inscripción del acto administrativo para formalizar la adquisición.
- Comunicar la resolución al Inspector Municipal de Policía para facilitar la entrega del inmueble exclusivamente para la ejecución del proyecto.
- Ordenar a la Gerencia de Catastro Departamental de Antioquia la actualización de la información catastral en un plazo no mayor a dos meses.
- Notificar la resolución conforme a los procedimientos administrativos a terceros interesados, incluyendo a la parte demandante en un proceso judicial de pertenencia relacionado con el inmueble.
- Publicar la resolución en la página web de la ANI y en el Diario Oficial para efectos de conocimiento general.
Base legal y antecedentes
La resolución se fundamenta en un amplio marco normativo que incluye:
- Artículo 58 de la Constitución Política de 1991, modificado por el Acto Legislativo 01 de 1999.
- Ley 1682 de 2013, especialmente los artículos 19 y 21, que regulan la gestión predial para proyectos de infraestructura de transporte y el saneamiento automático.
- Decreto Único Reglamentario 1079 de 2015, que reglamenta la declaratoria de saneamiento por ministerio de la ley.
- Resoluciones internas de la ANI que establecen las facultades para emitir actos administrativos de saneamiento.
En el caso concreto, la Concesionaria Desarrollo Vial al Mar S.A.S. realizó el estudio jurídico y técnico previo, evidenciando la inexistencia de título traslaticio válido y antecedentes registrales confiables, lo que motivó la solicitud de saneamiento automático. Además, se efectuaron las valoraciones comerciales correspondientes y se realizó oferta formal de compra a los poseedores regulares inscritos, con el pago de compensaciones sociales conforme a la normativa vigente.
Impacto potencial de la resolución
Esta resolución permite a la ANI superar obstáculos jurídicos que dificultan la adquisición predial necesaria para la ejecución de proyectos de infraestructura vial de gran envergadura. La aplicación del saneamiento automático garantiza la seguridad jurídica para la entidad pública y facilita el avance de obras que contribuyen al desarrollo regional y nacional.
Al formalizar la transferencia del derecho real de dominio a favor del Estado, se asegura la legalidad en el uso del inmueble para fines de interés público, fortaleciendo la confianza en los mecanismos legales de expropiación y saneamiento en Colombia.
La medida también establece un precedente importante para la gestión predial en proyectos de infraestructura, demostrando la efectividad de los instrumentos legales previstos para resolver conflictos de titularidad y promover la ejecución de obras públicas esenciales.
Para consultar el texto completo de la resolución, puede acceder al Diario Oficial No. 53.182 del 15 de julio de 2025 y a la página oficial de la Agencia Nacional de Infraestructura.