Consejo de Estado confirma negativa de indemnización por revocatoria de permiso para evento público en Corozal
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 10:46:3
Providencia de segunda instancia en proceso de reparación directa
La Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Sucre profirió una sentencia de segunda instancia en el proceso de reparación directa con radicación 70001-33-33-002-2017-00121-01, en la que se resolvió un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Segundo Administrativo de Sincelejo emitida el 11 de diciembre de 2020. La acción fue promovida contra el municipio de Corozal, en relación con la revocatoria de un permiso para la realización de un evento privado programado inicialmente para el 27 de febrero de 2016.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante solicitó al municipio de Corozal permiso para realizar un espectáculo musical denominado “Maxiteca” con la participación de artistas del género champeta. La solicitud fue presentada el 16 de enero de 2016 y el permiso fue concedido inicialmente el 15 de febrero del mismo año. Sin embargo, un día después, la administración municipal revocó la autorización, argumentando una solicitud del comandante de la Policía local. El solicitante había contratado anticipadamente a los artistas, celebrado contratos de servicios logísticos, y realizado otros gastos relacionados con la organización del evento. Ante la revocatoria, el demandante presentó nuevas solicitudes para realizar el espectáculo en fechas posteriores, las cuales fueron negadas por el municipio, basándose en informes policiales que advertían sobre riesgos para la tranquilidad pública debido al aumento de delitos en la zona. El demandante acudió a la justicia buscando que se declarara la responsabilidad patrimonial del municipio por los perjuicios materiales ocasionados, incluyendo gastos ya realizados y lucro cesante.Consideraciones de la sentencia de segunda instancia
La Sala Segunda del Tribunal...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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