Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena aclaración para liquidación en proceso ejecutivo contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:0:40
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dentro de la segunda instancia, emitió un auto para mejor proveer en el proceso ejecutivo identificado con el expediente número 110013335009-2022-00310-01. Este auto tiene por objeto ordenar la práctica de pruebas adicionales y asegurar la correcta determinación de la obligación económica que se discute en el litigio.
La providencia fue dictada por la Sección Segunda, Subsección “D”, con magistrado ponente, y se inscribe en el trámite posterior a la admisión del recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia de primera instancia. El auto responde a la necesidad de aclarar aspectos técnicos relacionados con la liquidación de prestaciones económicas para resolver adecuadamente el recurso.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene como demandante a un particular y como demandada a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones). La controversia gira en torno a la ejecución de una obligación cuyo cálculo requiere la determinación precisa de los períodos de causación de ciertos pagos realizados en 2016 por concepto de prima de vacaciones, bonificación por servicios y prima de servicios.
En primera instancia, el juez había emitido una sentencia el 20 de noviembre de 2024, contra la cual la entidad demandada interpuso recurso de apelación, admitido por el Tribunal el 6 de marzo de 2025. Posteriormente, la Sala ordenó remitir el expediente a los contadores de la Sección Segunda para que realizaran la liquidación de la obligación, con el fin de verificar si la decisión se ajustaba a derecho.
Los contadores solicitaron al tribunal que se requiriera al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) una...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena aclaración para liquidación en proceso ejecutivo contra Colpensiones