Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera, Subsección B, con ponencia a cargo de la Magistrada Clara Cecilia Suárez Vargas, conoció y admitió el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio de Educación Nacional. Esta providencia se emite en segunda instancia, como respuesta a una sentencia anticipada dictada en primera instancia por el Juzgado Treinta y Uno (31) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, el 28 de enero de 2025.
Antecedentes del caso
En primera instancia, el Juzgado Administrativo profirió una sentencia anticipada en una audiencia inicial relacionada con un proceso de repetición en contra de un particular. La notificación de esta sentencia se realizó en estrados durante la misma audiencia. Posteriormente, el Ministerio de Educación Nacional, en su calidad de parte demandante, presentó y sustentó dentro del término legal un recurso de apelación contra dicha sentencia, el cual fue remitido al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para su estudio y decisión.
El Juzgado de primera instancia concedió el recurso de apelación con efecto suspensivo mediante auto del 13 de marzo de 2025, permitiendo que el tribunal superior conociera y decidiera sobre la admisión del recurso.
Fundamentos legales y consideraciones de la providencia
El Tribunal recordó que el trámite del recurso de apelación contra sentencias está regulado por el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, que establece, entre otros aspectos:
- El recurso debe interponerse y sustentarse ante la autoridad que profirió la providencia en un término de diez (10) días siguientes a la notificación.
- Cuando el...