Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en proceso de reparación directa contra la Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:5:55
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera, Subsección “A”, profirió un auto el 27 de junio de 2025 mediante el cual admitió el recurso de apelación presentado en un proceso de reparación directa. La materia controvertida se originó en una sentencia emitida por el Juzgado Treinta y Tres Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá el 28 de abril de 2025, que negó las pretensiones de la parte demandante contra la Nación – Fiscalía General de la Nación.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con una demanda de reparación directa contra la Fiscalía General de la Nación. La sentencia de primera instancia, emitida por el juzgado competente, negó las solicitudes planteadas por la parte demandante. En consecuencia, esta última interpuso un recurso de apelación en contra de dicha decisión. Este recurso fue presentado y sustentado dentro del término legal establecido, cumpliendo con los requisitos de oportunidad. El expediente, identificado con el número 11001-33-36-033-2022-00386-01, es tramitado bajo el régimen procesal administrativo, en el cual la Ley 1437 de 2011 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) rigen el procedimiento. Además, la Ley 2080 de 2021 introduce modificaciones en el trámite del recurso de apelación, y la Ley 2213 de 2022 establece que todas las actuaciones judiciales deben realizarse mediante tecnologías de la información y las comunicaciones.Consideraciones jurídicas relevantes
El Tribunal fundamenta la admisión del recurso en varios aspectos normativos clave:- Oportunidad: Conforme al artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, el recurso de apelación debe interponerse y sustentarse ante la autoridad que...
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