Consejo de Estado confirma rechazo de demanda por falta de adecuada sustentación en recurso de apelación sobre desplazamiento forzado
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:7:17
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C, emitió un auto el 5 de junio de 2025 que confirma la decisión del Juzgado 34 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, proferida el 7 de febrero de 2025. En primera instancia, el juzgado rechazó una demanda de reparación directa presentada contra la Nación, Ministerio de Defensa, Ejército Nacional y Policía Nacional, por desplazamientos forzados sufridos por varios grupos familiares. La decisión se fundamentó en la caducidad de la acción, al considerar que habían transcurrido los plazos legales para interponer la demanda.
El recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de los demandantes fue objeto de examen en esta segunda instancia, donde se concluyó que la sustentación del mismo fue deficiente e insuficiente, lo que motivó la confirmación del rechazo de la demanda.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda inicial, presentada en octubre de 2024, reclamaba la responsabilidad patrimonial y extracontractual del Estado por los desplazamientos forzados sufridos en distintas fechas y municipios del país, entre ellos Tumaco (Nariño), Puerto Leguízamo (Putumayo), La Calera y Los Patios (Norte de Santander). Los demandantes argumentaron que no habían podido retornar a sus lugares de origen y que persistía su estado de vulnerabilidad.
El juzgado de primera instancia desestimó la demanda ante la conclusión de que la acción estaba caducada, tomando como referencia la Sentencia de Unificación 254 de 2013 de la Corte Constitucional, que estableció un término de dos años para la presentación de este tipo de demandas contados a partir de su ejecutoria. Se consideró que no existió impedimento para que los demandantes ejercieran oportunamente su derecho.
El apoderado judicial interpuso recurso de apelación, sustentándolo mediante una amplia recopilación de tesis jurisprudenciales relacionadas con la caducidad de la acción en casos de desplazamiento forzado y responsabilidad estatal por delitos de lesa humanidad. Sin embargo, el recurso incluyó argumentos que no se relacionaban directamente con el caso concreto, e incluso referencias a decisiones judiciales de otros procesos distintos.
Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
En su análisis, la Subsección C del Tribunal Administrativo de Cundinamarca enfatizó la importancia del recurso de apelación como garantía constitucional del debido proceso (artículo 29 Constitucional), cuyo ejercicio debe estar acompañado de una sustentación adecuada, clara y precisa.
Se recordó que la apelación debe contener argumentos concretos que permitan al juez de segunda instancia identificar los reparos específicos contra la decisión apelada, a fin de delimitar su competencia y garantizar el derecho de contradicción. La ausencia de tales argumentos o la presentación de razonamientos generales y desvinculados del caso concreto implica la falta de sustentación del recurso.
La Sala señaló que el apoderado recurrente incurrió en una conducta procesal impropia al limitarse a citar diversas tesis jurisprudenciales sin señalar expresamente de qué manera se aplican al caso estudiado ni confrontar directamente la decisión de primera instancia. Además, reprodujo argumentos correspondientes a un proceso distinto, lo que evidenció falta de cuidado y atención en la preparación del recurso.
El Tribunal detalló los requisitos formales y sustanciales que debe cumplir la sustentación de la apelación, tales como claridad, precisión, pertinencia y suficiencia. En particular, destacó la necesidad de que los argumentos sean inteligibles, delimitados a la cuestión juzgada, y que tengan la capacidad de generar un debate razonado sobre la corrección o no de la providencia recurrida.
Finalmente, la Sala confirmó el auto de primera instancia en los mismos términos, al considerar que, dada la indebida sustentación del recurso, no era posible realizar un análisis de fondo sobre la caducidad de la acción y, por ende, mantener la decisión de rechazo de la demanda.
Implicaciones procesales y conclusiones
Esta providencia reafirma la importancia del rigor argumentativo en el ejercicio de los recursos, especialmente en casos de gran complejidad y sensibilidad social como el desplazamiento forzado. La decisión pone de manifiesto que la apelación no es un mero trámite formal, sino un instrumento jurídico que debe ser utilizado con fundamento y precisión para garantizar el control efectivo de las decisiones judiciales.
Asimismo, la resolución destaca que la competencia del juez de segunda instancia está limitada a los motivos de inconformidad expresados por el recurrente, y que la falta de sustentación impide la revisión de fondo de la decisión impugnada.
Una vez ejecutoriado el auto, el expediente fue devuelto al juzgado de origen para la continuación del trámite correspondiente.
Esta decisión aporta claridad sobre los requisitos procesales en materia de reparación directa por desplazamiento forzado, contribuyendo a la seguridad jurídica y al respeto de las garantías procesales en el sistema judicial colombiano. Así, se enfatiza la necesidad de que los apoderados judiciales preparen con rigor y precisión sus recursos, asegurando el adecuado desarrollo del proceso y la protección efectiva de los derechos involucrados.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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