Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma rechazo de demanda contra ADRES por devolución de aportes en salud
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:10:36
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A, emitió un auto de segunda instancia el 27 de junio de 2025, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Este auto confirmó la decisión adoptada por el Juzgado Cuarenta Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá que, en primera instancia, había rechazado la demanda de una cooperativa contra la ADRES. La cooperativa solicitaba la nulidad del Oficio No. 20243218317301, emitido el 14 de marzo de 2024, en el que la ADRES negó la devolución de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Antecedentes fácticos y procesales
La cooperativa demandante había solicitado la devolución de aportes correspondientes al 8.5% que pagó en exceso por cotizaciones de trabajadores con ingresos inferiores a diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, en periodos comprendidos entre 2017 y 2021. La ADRES respondió mediante el oficio impugnado, indicando que no le correspondía a esta entidad resolver la solicitud, pues tal competencia recaía en las Entidades Promotoras de Salud (EPS), conforme a la normativa vigente, incluyendo el Decreto Ley 1281 de 2002 y sus modificaciones.
El Juzgado de primera instancia consideró que el oficio de ADRES no constituía un acto administrativo definitivo, sino un acto de trámite que no afecta de manera directa o indirecta el fondo del asunto ni crea, modifica o extingue una situación jurídica particular. Por lo tanto, concluyó que el oficio no era susceptible de control judicial y rechazó la demanda.
La cooperativa interpuso recurso de apelación, argumentando que la respuesta de la ADRES implicaba una negativa definida y que, por...
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