Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma rechazo de demanda por incumplimiento del agotamiento de la vía administrativa en recurso de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:12:4
Contexto y antecedentes del caso
El presente asunto se originó tras la presentación de una demanda por parte de una sociedad comercial contra la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda buscaba la nulidad de una resolución administrativa que contenía una liquidación oficial de aforo correspondiente al impuesto de industria y comercio para la vigencia fiscal de 2017, con la pretensión subsidiaria de una nulidad parcial y la recalificación de la obligación tributaria. El Juzgado 43 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, en primera instancia, rechazó la demanda mediante auto fechado el 7 de febrero de 2025, debido a que el demandante no había agotado el requisito de procedibilidad consistente en la interposición y decisión del recurso de reconsideración contra la liquidación oficial en cuestión, conforme al artículo 161 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Tras la notificación del auto por estado, la parte demandante interpuso recurso de apelación, argumentando que la entidad demandada no le había dado la oportunidad de interponer dicho recurso y que, por tanto, no era exigible el requisito del agotamiento de la vía administrativa.Competencia y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, es competente para conocer del recurso de apelación interpuesto contra el auto que rechazó la demanda en primera instancia. La providencia en análisis es un auto que resuelve un recurso de apelación contra el rechazo de una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, en materia tributaria...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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