Consejo de Estado confirma caducidad en acción de repetición del Ministerio de Defensa Nacional contra exfuncionarios por pago tardío de condena
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:23:27
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera - Subsección C, emitió un auto interlocutorio el 26 de junio de 2025, mediante el cual confirmó el rechazo de una demanda presentada por el Ministerio de Defensa Nacional en ejercicio del medio de control de repetición. Esta decisión se produjo en segunda instancia, tras un recurso de apelación contra un auto proferido por el Juzgado 66 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá, que había declarado la caducidad del medio de control por presentación extemporánea.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda inicial fue interpuesta en septiembre de 2024 por el Ministerio de Defensa Nacional, que buscaba repetir contra exfuncionarios declarados responsables patrimonialmente por perjuicios derivados de una condena judicial. La condena original se relacionaba con hechos ocurridos en 2007, en los cuales varias víctimas fueron asesinadas por miembros del Ejército Nacional durante un operativo militar. Posteriormente, la justicia administrativa condenó a la Nación a indemnizar a familiares de las víctimas, decisión que quedó ejecutoriada en febrero de 2018. El Ministerio de Defensa Nacional realizó el pago total de la condena en julio de 2023, es decir, fuera del plazo legal de 18 meses establecido para el cumplimiento de sentencias condenatorias contra entidades públicas. En consecuencia, la demanda de repetición contra los exfuncionarios se radicó en septiembre de 2024, más de dos años después de cumplido el plazo para efectuar el pago. El Juzgado de primera instancia declaró caducado el medio de control, fundamentando su decisión en que el término para presentar la demanda comenzó a correr desde el vencimiento del plazo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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