Tribunal Administrativo de Cundinamarca decide conflicto de competencia en proceso de repetición promovido por el Ministerio de Educación
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:26:34
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Segunda – Subsección B, emitió el pasado 16 de mayo de 2025 un auto para resolver un conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Zipaquirá. El conflicto se originó en torno al conocimiento de un medio de control de repetición instaurado por el Ministerio de Educación contra un exfuncionario de la Secretaría de Educación de Bogotá, en ejercicio de su labor como Director de Talento Humano.Antecedentes fácticos y procesales
El Ministerio de Educación presentó una demanda de repetición con fundamento en el pago extemporáneo de las cesantías de una docente, que generó una sanción moratoria que fue asumida por la entidad. En consecuencia, se solicitó que se declare la responsabilidad civil y patrimonial del exfuncionario encargado del reconocimiento y pago de dichas cesantías, así como el reintegro del valor correspondiente a la sanción moratoria pagada por el Estado. El reconocimiento y pago extemporáneo se produjo pese a que el funcionario demandado ejercía el cargo de Director de Talento Humano de la Secretaría de Educación de Bogotá durante el periodo en que se tramitó el reconocimiento. La sanción moratoria fue impuesta mediante sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en 2021. La demanda fue inicialmente radicada ante el Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá, el cual declaró su falta de competencia por razón territorial y remitió el proceso a los juzgados administrativos del circuito de Zipaquirá, dado que el domicilio del...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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