Tribunal Administrativo de Cundinamarca define competencia en disputa sobre cuotas partes pensionales entre entidades de pensiones
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:29:38
Contexto y naturaleza del conflicto
La providencia judicial fue dictada por la Sección Segunda, Subsección “B” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, como instancia competente para dirimir el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Diecinueve y el Juzgado Cuarenta y Cuatro, ambos Administrativos del Circuito Judicial de Bogotá. El conflicto surgió en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por el Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones (FONCEP) contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones). El objeto del proceso es la impugnación de una resolución administrativa que asignó una cuota parte pensional al fondo demandante en el reconocimiento de la pensión de vejez de una pensionada, controversia que generó dudas sobre qué juzgado competente debía conocer el asunto.
Antecedentes fácticos y procesales
El fondo de prestaciones presentó demanda solicitando la nulidad de una resolución mediante la cual la administradora de pensiones le fue asignada una cuota parte pensional, así como la declaración de que no es deudor de dicha cuota parte. El fondo sustentó su petición en la alegación de que la forma adecuada de financiación de la pensión no era a través de la cuota parte pensional, sino mediante otros mecanismos, basándose en la continuidad laboral y en la normativa vigente que regula las semanas de cotización requeridas.
La demanda fue inicialmente asignada al Juzgado Diecinueve, que declaró su falta de competencia por considerar que el asunto tenía naturaleza parafiscal y ordenó remitir el expediente a los juzgados de la Sección Cuarta, especializados en asuntos tributarios, coactivos y contribuciones. Sin embargo, el Juzgado Cuarenta y Cuatro,...
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