Tribunal Administrativo de Cundinamarca define competencia en conflicto sobre recobros a la ADRES
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:30:34
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de su Sección Segunda - Subsección A, emitió un auto judicial para dirimir un conflicto negativo de competencias suscitado entre el Juzgado 57 Administrativo de Bogotá y el Juzgado 606 Transitorio Administrativo de Bogotá. El proceso en cuestión corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por una empresa promotora de salud (EPS) contra la ADRES, entidad encargada de administrar los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.Antecedentes fácticos y procesales
La EPS demandante solicitó que se declarara responsable a la ADRES por el no pago de recobros relacionados con 25 servicios prestados a sus afiliados que no están incluidos dentro del PBS, sumando un valor de $72.315.651, a lo que se adicionan los intereses moratorios conforme al artículo 4 del Decreto Ley 1281 de 2002. La EPS alega que, aunque estos servicios no están cubiertos por el PBS ni financiados por la Unidad de Pago por Capitación (UPC), el Estado debe asumir su costo como garante, en cumplimiento del principio de equilibrio financiero y en atención a autorizaciones emitidas por fallos de tutela o actas de los Comités Técnico Científicos. La demanda se radicó inicialmente en la jurisdicción laboral y fue remitida a la jurisdicción administrativa por falta de competencia del juez laboral. Dentro de la jurisdicción administrativa, el proceso fue objeto de una serie de remisiones y asignaciones entre diferentes juzgados, motivadas por acuerdos del Consejo Superior y del Consejo Seccional de la Judicatura, que establecieron medidas de descongestión para los...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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