Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite solicitud inicial de pérdida de investidura contra concejal de Soacha
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:34:59
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “D”, con sede en Bogotá, emitió un auto el 3 de julio de 2025 en el marco del proceso administrativo número 25000-23-15-000-2025-00497-00, relativo a una solicitud de pérdida de investidura contra un concejal electo del municipio de Soacha. Esta providencia, adoptada en segunda instancia, corresponde al análisis preliminar de admisibilidad del medio de control instaurado por un ciudadano en ejercicio de la acción prevista en el artículo 143 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).Antecedentes fácticos y procesales
El ciudadano demandante presentó una solicitud de pérdida de investidura contra un concejal de Soacha, argumentando que el funcionario estaría incurso en la causal de violación al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés, según lo establecido en el numeral 1° del artículo 48 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 55 numeral 2º de la Ley 136 de 1994. Inicialmente, la demanda fue escindida para separar a los diferentes concejales involucrados, asignándose el análisis del caso particular a este concejal al despacho correspondiente por reparto. La solicitud se fundamentó en la presunta violación de disposiciones legales que regulan la conducta de los servidores públicos en relación con sus incompatibilidades e inhabilidades para el ejercicio de sus funciones.Consideraciones de la providencia y fundamentos de la decisión
El despacho judicial examinó los requisitos de admisibilidad contemplados en el artículo 5° de la Ley 1881 de 2018, que regula el procedimiento para la pérdida de investidura. En este análisis, se identificaron dos deficiencias fundamentales:- Falta de acreditación documental:...
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