Tribunal Administrativo de Cundinamarca analiza demanda de pérdida de investidura contra concejal de Soacha
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:35:47
Contexto y naturaleza de la providencia
El pasado 4 de julio de 2025, la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió el Auto Interlocutorio No. 20, mediante el cual se pronunció sobre la admisión de una demanda de pérdida de investidura presentada contra un concejal del municipio de Soacha. El proceso se enmarca en la jurisdicción administrativa y tiene como finalidad verificar la existencia de un conflicto de intereses en la elección del Personero Municipal para el periodo 2024-2028. Se trata de una providencia de carácter interlocutorio que busca determinar si la demanda cumple con los requisitos legales para su trámite.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por un ciudadano en ejercicio de la acción pública, quien cuestiona la participación de varios concejales de Soacha en el proceso de elección del Personero Municipal. Según lo expuesto, la elección se habría llevado a cabo mediante un concurso público de méritos, reglamentado por la Mesa Directiva del Concejo Municipal y ejecutado con apoyo de una universidad distrital.
Durante el proceso, se realizaron pruebas académicas, laborales y entrevistas con una ponderación específica para cada etapa. El resultado final favoreció a un candidato, quien fue posesionado como Personero Municipal antes de que finalizara el término legal para la elección. Posteriormente, se presentó una demanda de nulidad electoral que fue declarada procedente por el Consejo de Estado, anulando la elección.
En cuanto a la demanda de pérdida de investidura, inicialmente se dirigió contra varios concejales, pero por decisión del tribunal se escindió la demanda y se asignó exclusivamente el conocimiento del caso contra uno de ellos, quien es señalado de estar incurso en conflicto de intereses.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal inició su análisis con la revisión de la competencia y jurisdicción para conocer el proceso. Conforme al artículo 152 numeral 13 de la Ley 1437 de 2011, corresponde a los tribunales administrativos conocer las demandas de pérdida de investidura contra concejales, y que el fallo debe ser proferido por la Sala Plena del respectivo tribunal. En este caso, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tiene competencia territorial y subjetiva para conocer la solicitud.
Respecto a la oportunidad, se verificó que la demanda fue presentada dentro del término legal de cinco años contados desde la ocurrencia del hecho generador, conforme al artículo 6 de la Ley 1881 de 2018, por lo que no existe caducidad en la acción.
En cuanto a la legitimación, el tribunal señaló que cualquier ciudadano puede ejercer la acción pública de pérdida de investidura, por lo que el demandante cumple con la legitimidad activa. Sin embargo, en relación con la legitimación pasiva, advirtió que el demandado debe acreditar su calidad de concejal mediante certificación expedida por la organización electoral nacional, ya que dicha documentación no fue aportada inicialmente.
Finalmente, el tribunal examinó los requisitos formales de la demanda conforme a lo establecido en los artículos 5, 8 y 22 de la Ley 1881 de 2018, que regulan el procedimiento para la pérdida de investidura. Se constató que la demanda carece de algunos elementos esenciales, tales como la información completa sobre el domicilio del demandante, la certificación electoral del demandado, la dirección para notificaciones del accionado y la explicación clara sobre las razones que fundamentan la causal de conflicto de intereses.
Decisión adoptada y efectos procesales
En consecuencia, la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca decidió inadmitir la demanda en su estado actual, concediendo un término de tres días para que el demandante subsane los defectos y aporte la información y documentación requerida. De no cumplirse este requerimiento, la demanda podrá ser rechazada.
Esta providencia garantiza el debido proceso y el cumplimiento de los requisitos legales para avanzar en la revisión de la posible pérdida de investidura del concejal involucrado, asegurando que el análisis se realice sobre una base documental y probatoria adecuada.
Importancia del proceso para el control político local
El trámite de pérdida de investidura de funcionarios públicos electos es un mecanismo constitucional y legal para garantizar la transparencia y la probidad en el ejercicio de cargos públicos. El caso en cuestión resalta la relevancia de contar con procedimientos claros y rigurosos para examinar eventuales conflictos de intereses que puedan afectar la legitimidad de las decisiones tomadas por representantes populares.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, al ejercer su función jurisdiccional, contribuye a preservar el orden jurídico y fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones locales, mediante el control efectivo de las conductas que puedan implicar la pérdida de los derechos derivados del cargo público. De esta manera, se reafirma el compromiso institucional con la integridad y la ética en la función pública, elementos esenciales para el buen gobierno y la democracia local.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.