Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite demanda de pérdida de investidura contra concejal de Soacha
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:36:6
Providencia de inadmisión en proceso de pérdida de investidura
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, emitió el 3 de julio de 2025 un auto mediante el cual inadmitió la solicitud de pérdida de investidura presentada contra un concejal del municipio de Soacha, Cundinamarca. La providencia fue proferida por el magistrado ponente encargado de conocer el asunto, en el marco del proceso administrativo identificado con el expediente número 25000-23-15-000-2025-00503-00.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda interpuesta por un ciudadano en ejercicio del medio de control de pérdida de investidura, dirigida contra varios concejales del municipio de Soacha. La demanda se fundamentaba en la presunta violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades y conflicto de intereses, tipificado en el numeral 2° del artículo 55 de la Ley 136 de 1994 y en concordancia con el numeral 1° del artículo 48 de la Ley 617 de 2000.
Tras el reparto inicial, el magistrado ponente ordenó la escisión de la demanda para que se tramitaran por separado las solicitudes contra cada uno de los concejales demandados. En este contexto, se asignó al despacho del magistrado ponente el conocimiento exclusivo del caso contra el concejal objeto de esta providencia.
Consideraciones jurídicas y motivos de inadmisión
El tribunal realizó un análisis riguroso de los requisitos formales que establece la ley para la admisión de una demanda de pérdida de investidura. En particular, se atendió a lo previsto en el artículo 5° de la Ley 1881 de 2018, que regula el procedimiento para estos casos y enumera los elementos mínimos que debe contener la...
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