Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite demanda por pérdida de investidura de concejal
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:36:22
Providencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
La Sección Segunda, Subsección "C" del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de un auto judicial fechado el 4 de julio de 2025, resolvió inadmitir la demanda de pérdida de investidura promovida contra un concejal de una municipalidad del departamento. La decisión fue adoptada en el marco de un proceso administrativo cuya radicación corresponde al expediente 25000-23-15-000-2025-00504-00.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por un ciudadano en contra de un concejal, con el propósito de declarar la pérdida de investidura del funcionario por presuntas incompatibilidades, inhabilidades o conflicto de intereses relacionados con la elección del personero municipal en un municipio del departamento. Sin embargo, al momento de la presentación, el demandante no acompañó documentación que acreditara la calidad de concejal electo del demandado, requisito esencial conforme al numeral b) del artículo 5 de la Ley 1881 de 2018. Además, la demanda careció de una exposición clara y específica de las razones jurídicas que fundamentan la solicitud de pérdida de investidura, en contravención del numeral c) del mismo artículo, lo que impidió conocer con precisión las causales invocadas.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal recordó que, conforme a la Ley 1881 de 2018, para que una demanda de pérdida de investidura pueda ser admitida es obligatorio acreditar la calidad de la persona contra quien se dirige la acción, lo cual puede demostrarse mediante diversos documentos, tales como actas de escrutinio, certificaciones expedidas por la autoridad electoral o constancias del órgano corporativo correspondiente. En este caso, el demandante no aportó ninguno de estos documentos, lo que generó un...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias