Tribunal Administrativo de Cundinamarca acepta curador ad litem en proceso contractual contra Sociedad ABL Internacional SA
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:38:26
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera, Subsección B, emitió un auto el 4 de julio de 2025, dentro del proceso contractual identificado con el expediente 250002336000202000282001. En este auto, la magistratura resolvió aceptar formalmente el cargo de curador ad litem asignado para representar a la Sociedad ABL Internacional SA, demandada en este proceso promovido por la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial del Distrito Capital. La providencia responde a la necesidad de garantizar la adecuada representación procesal de la parte demandada, en consonancia con el debido proceso, y corrige una imprecisión en el auto inicial que había indicado erróneamente a un tercero como representado por el curador ad litem.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso contractual se encuentra en etapa de control judicial desarrollado en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B. El 29 de noviembre de 2024 se emitió un auto que repuso una decisión previa del 30 de agosto del mismo año, ordenando la realización del emplazamiento de la Sociedad ABL Internacional SA conforme a lo estipulado en el numeral 10 de la Ley 2213 de 2022, que regula procedimientos de notificación en procesos judiciales. En cumplimiento, el 10 de diciembre de 2024 la secretaría de la sección realizó el emplazamiento correspondiente a la sociedad demandada. Posteriormente, el 2 de mayo de 2025 se nombró al abogado designado como curador ad litem para representar a la parte demandada. Sin embargo, en aquel auto inicial se consignó erróneamente que el curador representaría a un tercero, lo que generó la necesidad de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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