Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega suspensión provisional en demanda contra contribución municipal para sostenibilidad turística
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 17:48:47
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 4 de julio de 2025, la Subsección “A” de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un auto en el proceso de nulidad instaurado contra un acuerdo expedido por un municipio del departamento del Amazonas. La providencia responde a la solicitud de suspensión provisional de dicho acto administrativo, la cual fue negada por no cumplirse con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes del proceso
El proceso judicial se originó a raíz de la demanda presentada contra un acuerdo municipal que establece una contribución para la sostenibilidad turística en el municipio de Leticia, vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. La demanda fue admitida en octubre de 2024, momento en el que también se solicitó la suspensión provisional de los efectos del acuerdo. La entidad demandada fue notificada para que se pronunciara sobre esta solicitud, pero guardó silencio durante el término legal otorgado.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal analizó la solicitud de medida cautelar a la luz de los artículos 229, 230 y 231 del CPACA, que regulan la procedencia, contenido y requisitos para decretar medidas cautelares en procesos contencioso administrativos. En particular, el artículo 231 establece que la suspensión provisional de un acto administrativo procede cuando se demuestre la violación de normas superiores a través del análisis del acto y su confrontación con dichas normas o mediante las pruebas allegadas. Además, si se busca el restablecimiento del derecho y la indemnización de perjuicios, debe probarse, al menos sumariamente, la existencia de dichos...
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