Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A, emitió un auto el 20 de junio de 2025, mediante el cual se admitió a trámite una demanda interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad simple, previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La demanda fue presentada contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), cuestionando la legalidad de dos actos administrativos que modifican las tarifas del impuesto de alumbrado público aplicables a diversos sectores económicos en el municipio de Tenjo.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda se dirige contra:
1. El artículo 331 del Acuerdo 016 de 2022, expedido por el Concejo Municipal de Tenjo, en lo relativo a la modificación de las tarifas del impuesto de alumbrado público para los sectores comercial, industrial, oficial, provisional y otros.
2. El artículo 1183, parágrafo 1, del Decreto 017 de 2023, expedido por la Alcaldía Municipal de Tenjo, que compila normas tributarias e incluye modificaciones tarifarias al mismo impuesto.
El demandante, actuando en nombre propio, argumenta la nulidad de dichos actos administrativos. Tras la recepción de la demanda, la magistrada sustanciadora asignada al caso inició el trámite, verificando el cumplimiento de los requisitos legales para la admisión.
Consideraciones del Tribunal y garantías procesales
En su análisis, el Tribunal advirtió que la prestación del servicio público de energía eléctrica en el municipio corresponde a dos empresas privadas, que tienen interés directo en el proceso debido a la afectación que las modificaciones tarifarias pueden ocasionar en la gestión del impuesto. En consecuencia, el Tribunal vinculó a estas empresas al trámite como terceros interesados, garantizando así el derecho fundamental al debido proceso, que comprende la defensa y contradicción.
Asimismo, conforme a la Ley 136 de 1994, el Tribunal ordenó notificar a la Alcaldía Municipal de Tenjo para que ejerza la defensa del ente territorial demandado. De igual manera, en cumplimiento del artículo 171 numeral 5 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021, se dispuso la publicación del auto admisorio y la demanda en el micrositio del Tribunal, así como la obligación del alcalde y del presidente del Concejo Municipal de Tenjo de informar a la comunidad a través de sus respectivas páginas web sobre la existencia del proceso judicial.
Estas medidas buscan asegurar la transparencia y el acceso a la información pública, especialmente en casos que pueden impactar a la comunidad en general, dado que el impuesto en cuestión afecta a diversos sectores económicos y a los usuarios del servicio de alumbrado público.
Resolución y pasos a seguir
El auto de admisión establece las siguientes instrucciones:
- Notificación personal a la Alcaldía Municipal y al Concejo Municipal de Tenjo.
- Vinculación y notificación personal a las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica como terceros interesados.
- Notificación al agente del Ministerio Público para que intervenga en el proceso.
- Traslado de la demanda a las partes vinculadas para que presenten sus contestaciones en un término de treinta (30) días hábiles, conforme a lo previsto en el CPACA y sus modificaciones.
- Publicación de la providencia y la demanda en el micrositio del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, así como la obligación de las autoridades municipales de informar a la comunidad.
Finalmente, el Tribunal recordó que la presentación de memoriales deberá realizarse a través de la ventanilla virtual establecida para tal fin, garantizando la correcta tramitación del proceso.
Conclusión
Con esta providencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratifica la importancia de garantizar los derechos procesales de las partes involucradas y la transparencia hacia la comunidad en procesos judiciales que cuestionan actos administrativos tributarios con impacto local. La admisión de la demanda abre la puerta para que se analicen en fondo las modificaciones tarifarias del impuesto de alumbrado público en el municipio de Tenjo, en un proceso que avanza respetando las garantías constitucionales y legales. De esta manera, se busca asegurar que cualquier cambio en la estructura tributaria sea legítimo, justo y acorde con el marco normativo vigente, protegiendo los intereses tanto del municipio como de sus habitantes y sectores económicos afectados.