Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechaza demanda sobre funcionamiento de la Avenida Longitud de Occidente
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:2:31
Providencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
La Sección Primera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a cargo del magistrado ponente, emitió el diez (10) de julio de 2025 un auto mediante el cual se rechazó una demanda presentada por una corporación de derechos colectivos. La acción se tramitó bajo el Medio de Control de Protección de Derechos e Intereses Colectivos, regulado por las leyes 472 de 1998 y 1437 de 2011.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta contra la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), el Departamento de Cundinamarca, la Alcaldía de Soacha, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y el Instituto Nacional de Vías (INVIAS). El objeto de la demanda fue ordenar a estas entidades y al concesionario de la vía, la puesta en funcionamiento inmediata para uso público de dos tramos de la Avenida Longitud de Occidente (ALO SUR). Los tramos en cuestión comprenden desde la intersección Chusacá (Muña) hasta el puente sobre el río Bogotá, y desde este puente hasta la prolongación de la Avenida Bosa en Bogotá. La corporación demandante argumentó que la apertura de dichos tramos permitiría mejorar la movilidad y descongestionar las vías de acceso y salida de Bogotá, beneficiando a los habitantes de la ciudad región. Además, solicitó que se ordenara la rehabilitación y señalización de los tramos y puentes involucrados, y la autorización para la construcción y operación de un peaje en la vía. El 24 de junio de 2025, la demanda fue asignada al despacho sustanciador. Sin embargo, el 27 de junio de 2025 se dictó auto inadmisorio...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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