Tribunal Superior de Buga confirma condena por tráfico de estupefacientes y niega prisión domiciliaria por enfermedad incompatible
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:8:15
Contexto y competencia jurisdiccional
La Sala de Asuntos Penales del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga conoció el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Cartago, Valle del Cauca. En dicha sentencia, se condenó a la persona procesada como autor del delito de fabricación, tráfico o porte de estupefacientes, imponiéndole una pena privativa de la libertad de 64 meses, multa y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual período. Además, se le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria solicitada por razones de salud. Este Tribunal Superior es competente conforme al numeral 1º del artículo 34 de la Ley 906 de 2004, dado que la sentencia de primera instancia fue proferida por un Juzgado Penal del Circuito adscrito a este Distrito Judicial.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la captura en flagrancia del procesado en el municipio de Obando, el 18 de agosto de 2024, cuando transportaba en un vehículo una cantidad de sustancia positiva para cannabis y sus derivados. La Fiscalía General de la Nación formuló imputación por el delito previsto en el inciso 1° del artículo 376 del Código Penal, cargos que inicialmente no fueron aceptados por el procesado. Posteriormente, la Fiscalía presentó escrito de acusación y, tras negociaciones, se celebró un preacuerdo en el que la persona procesada aceptó responsabilidad como cómplice, con una pena acordada de 64 meses de prisión y multa de 667 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La defensa no objetó...Más noticias sobre Derecho Penal
No se encontraron sugerencias