Tribunal Superior de Buga ampara derecho fundamental de petición en acción de tutela contra Fiscalía Treinta Seccional de Tuluá
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:13:46
Contexto y competencia del tribunal
La providencia en cuestión fue emitida por la Sala de Decisión Constitucional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Guadalajara de Buga, en primera instancia, con base en la acción de tutela interpuesta contra la Fiscalía Treinta Seccional de Tuluá. Esta acción buscaba la protección inmediata de derechos fundamentales presuntamente vulnerados, en particular el derecho de petición, el debido proceso y el acceso a la administración de justicia. El tribunal actuó conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia, así como en los Decretos 2591 de 1991 y 1382 de 2000, que regulan la competencia para conocer de acciones de tutela en primera instancia.Antecedentes fácticos y procesales
La accionante, representada legalmente, había formulado varias denuncias penales desde 2018 por hechos que incluyen constreñimiento ilegal, amenazas y fraude procesal, todas relacionadas con investigaciones a cargo de varias fiscalías seccionales. Particularmente, la controversia se centró en dos investigaciones con radicados específicos, para las cuales la solicitante pidió información detallada y copia íntegra de las actuaciones procesales, incluyendo pruebas recaudadas y avances. El 26 de febrero de 2025 se elevó una petición formal dirigida a la Fiscalía Treinta Seccional de Tuluá, la cual fue reiterada el 23 de mayo del mismo año. A pesar de que la Fiscalía recibió estas solicitudes —como lo acredita el acuse de recibo— no emitió respuesta alguna. Ante esta inacción, se interpuso la acción de tutela para exigir el respeto del derecho fundamental de petición y debido proceso. Durante el trámite, la Fiscalía y las entidades vinculadas no ejercieron su derecho de...Más noticias sobre Derecho Constitucional
No se encontraron sugerencias