Tribunal Superior de Buga confirma tutela para garantizar derecho de petición y debido proceso en trámite pensional del magisterio
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:21:44
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, en su Sala de Decisión Constitucional para Adolescentes, dictó sentencia de segunda instancia en una acción de tutela presentada por un docente viudo contra el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), la fiduciaria encargada Fiduprevisora S.A., la Secretaría de Educación Municipal de Palmira y la plataforma de soporte lógico "Humano en Línea". El accionante solicitó, a través de la plataforma digital, el ajuste de una sustitución pensional previamente reconocida por el fallecimiento de su cónyuge.
La solicitud fue radicada el 17 de octubre de 2024, pero permaneció en la etapa de "En Sustanciación" por más de ocho meses, superando ampliamente el plazo legal de cuatro meses establecido para la resolución de este tipo de peticiones. Ante esta situación, el docente interpuso acción de tutela para proteger sus derechos fundamentales de petición y debido proceso, solicitando que se ordenara a las entidades involucradas resolver su petición pensional de manera pronta y efectiva.
Decisión de primera instancia y recurso de impugnación
El Juzgado Tercero Promiscuo de Familia de Palmira admitió la tutela y concedió el amparo solicitado. En su decisión, el juez sostuvo que la responsabilidad principal para la expedición del acto administrativo que aprueba o niega el reajuste pensional recaía en la Secretaría de Educación Municipal, ya que no constaba prueba alguna que evidenciara que dicha entidad hubiera cumplido con su obligación de emitir y remitir el proyecto de acto administrativo para su aprobación o rechazo por parte de Fiduprevisora S.A., vocera del FOMAG.
En consecuencia, el juez ordenó a la...
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