Tribunal Superior de Buga confirma tutela para garantizar derecho de petición en solicitud de bono pensional contra Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:22:43
Contexto y antecedentes del caso
En una providencia emitida por la Sala de Decisión Penal en sede constitucional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, se resolvió un recurso de impugnación interpuesto por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia contra un fallo de tutela del Juzgado Penal del Circuito de Roldanillo, Valle del Cauca. La tutela fue instaurada por el alcalde del Municipio de Toro, Valle del Cauca, quien alegó la vulneración de su derecho fundamental de petición debido a la falta de respuesta de fondo a una solicitud presentada el 10 de febrero de 2025, relacionada con la cancelación de la liquidación base del bono pensional de una ciudadana. El Juzgado Penal del Circuito admitió la demanda y ordenó al Fondo dar una respuesta clara y completa en un plazo de 48 horas. En respuesta, el Fondo alegó que la competencia para responder correspondía a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y que había remitido la solicitud a dicha entidad, solicitando la revocatoria del fallo de tutela.Fundamentos jurídicos y consideraciones de la Sala
El Tribunal Superior de Buga analizó el caso en tres ejes principales: el derecho fundamental de petición, el derecho fundamental a la seguridad social y el estudio particular de los hechos. En primer lugar, la Sala recordó que la acción de tutela es un mecanismo constitucional prioritario para la protección inmediata de los derechos fundamentales, conforme al artículo 86 de la Constitución y el Decreto 2591 de 1991. Destacó que el derecho de petición, consagrado en el artículo 23 constitucional, no solo permite a los...Más noticias sobre Derecho Penal
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