Tribunal Superior de Villavicencio resuelve conflicto de competencia en proceso ejecutivo de mínima cuantía
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:26:23
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, a través de su Sala de Decisión Civil Familia, emitió un auto el 28 de febrero de 2025 para resolver un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Granada, Meta, y el Juzgado Tercero Civil Municipal de Villavicencio. La controversia se presentó en el marco de un proceso ejecutivo singular de mínima cuantía promovido por una entidad crediticia contra una persona natural.
Este auto, que corresponde a una providencia interlocutoria, tiene por objeto dirimir cuál de los dos juzgados posee la competencia territorial para conocer y decidir sobre la ejecución de una obligación crediticia incorporada en un pagaré. La decisión se fundamenta en el análisis riguroso de los criterios legales que regulan la competencia judicial en procesos ejecutivos, específicamente en disputas relacionadas con títulos ejecutivos mercantiles.
Antecedentes fácticos y procesales
La entidad crediticia demandó a la parte ejecutada para obtener el pago forzado de una obligación derivada de un pagaré. Inicialmente, el proceso fue asignado por reparto al Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Granada. Sin embargo, este juzgado, al observar que la competencia podría estar determinada tanto por la vecindad de las partes como por el lugar de cumplimiento de la obligación —que no pudo establecer con claridad—, rehusó su competencia y remitió el expediente a los juzgados civiles municipales de Villavicencio.
Posteriormente, el Juzgado Tercero Civil Municipal de Villavicencio, al recibir el caso, suscitó colisión negativa de competencia debido a la existencia de indicios contradictorios sobre el domicilio de la parte demandada y su dirección de...
Más noticias sobre Derecho Civil
No se encontraron sugerencias
Tribunal Superior de Villavicencio resuelve conflicto de competencia en proceso ejecutivo de mínima cuantía