Tribunal Superior de Villavicencio confirma auto de desistimiento tácito en proceso ejecutivo por inactividad procesal
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:28:24
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en segunda instancia, resolvió una apelación contra un auto que terminó un proceso judicial por desistimiento tácito. El auto originario fue emitido por el juzgado de primera instancia el 30 de septiembre de 2024, conforme al literal b) del artículo 317 del Código General del Proceso, que establece la terminación de procesos por inactividad superior a dos años cuando existe sentencia ejecutoriada o auto que ordena continuar la ejecución.
La apelación fue presentada dentro del término de ejecutoria por el apoderado de la parte demandante, quien cuestionó la terminación del proceso y planteó diversos argumentos en contra de la medida adoptada.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial en cuestión es un proceso ejecutivo que involucra una obligación crediticia con garantía hipotecaria. A pesar de existir una sentencia ejecutoriada favorable a la parte demandante, el proceso permaneció inactivo en secretaría por más de dos años.
Durante este tiempo, la parte demandante recibió pagos parciales de la contraparte entre junio de 2022 y septiembre de 2024, sin que tales abonos fueran informados al juzgado. No se solicitó remate ni se convocó a la subasta del bien hipotecado, y tampoco se notificó formalmente al despacho judicial sobre acuerdos o suspensión del proceso.
Ante la inactividad, el juzgado de primera instancia decretó el desistimiento tácito y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares. La parte demandante recurrió dicha decisión, alegando que la terminación del proceso desconocía el derecho sustancial y que la ejecución debía mantenerse activa para proteger sus derechos.
Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior
El Tribunal...
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