Tribunal Superior de Villavicencio modifica medidas cautelares en proceso sobre embargos y créditos de entidad de salud
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:29:30
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en segunda instancia, a través de su Sala Primera de Decisión Civil Familia, conoció y resolvió la apelación contra un auto dictado inicialmente por un juzgado de conocimiento. La providencia judicial revisada se refería a la concesión y limitación de medidas cautelares solicitadas en un proceso ejecutivo que involucra a una entidad vinculada al sector salud.Antecedentes fácticos y procesales
El auto original, fechado el 13 de marzo de 2024, concedió parcialmente medidas cautelares consistentes en: embargo de remanentes, embargo de dineros en entidades financieras (excluyendo cuentas maestras y fondos inembargables), y embargo de un bien inmueble. Se estableció un límite máximo para los embargos sobre dineros y remanentes en $530.000.000. Por otro lado, se negaron embargos sobre créditos a favor de la parte ejecutada y a cargo de diversas entidades del sistema de salud, como la Nueva EPS, aseguradoras, ADRESS y secretarías de salud. Ambas partes recurrieron la decisión. La parte demandante solicitó aclaración, complementación, desistió del embargo sobre remanentes y apeló contra la negativa de otras medidas y el límite impuesto. La parte ejecutada objetó la medida alegando la inembargabilidad de los bienes y dineros afectados y pidió la revocatoria total del auto.Consideraciones de la Sala y análisis jurídico
El Tribunal Superior examinó la procedencia y oportunidad de los recursos, confirmando que ambos fueron presentados dentro de los términos legales y que la apelación era procedente conforme al artículo 321 del Código General del Proceso (C.G.P.), que permite recurrir autos que resuelvan sobre medidas cautelares. En cuanto al fondo, el tribunal abordó...Más noticias sobre Derecho Civil
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