Banco de la República propone modificación en la regulación de las inversiones obligatorias en Títulos de Desarrollo Agropecuario (TDA)
Proviene de: Proyectos de Resolución
18 de julio de 2025 14:39:1
Propósito general del proyecto de resolución
El proyecto de resolución presentado por la Junta Directiva del Banco de la República tiene como propósito modificar la Resolución Externa No. 3 de 2000, la cual regula las inversiones obligatorias en Títulos de Desarrollo Agropecuario (TDA). Esta modificación responde a la necesidad de adaptar las disposiciones vigentes frente a la eliminación de la tasa de referencia DTF, que dejará de ser publicada a partir del 1º de enero de 2027, conforme a lo estipulado en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
Objetivo principal y beneficios
El objetivo central de esta regulación es establecer que los rendimientos de los Títulos de Desarrollo Agropecuario se indexen exclusivamente al Indicador Bancario de Referencia (IBR) desde el 1º de enero de 2026. Esta medida busca asegurar la estabilidad y continuidad de las inversiones obligatorias en el sector agropecuario, facilitando a los establecimientos de crédito el cumplimiento de sus requerimientos de inversión con una referencia clara y actualizada. Además, se pretende mantener la competitividad y la transparencia en la remuneración de estos títulos, lo que beneficia a los inversionistas y promueve el desarrollo del sector agropecuario en Colombia.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
Entre las principales innovaciones del proyecto de resolución, se destaca la eliminación de la indexación dual (DTF e IBR) para los TDA y la adopción exclusiva del IBR como referencia para la tasa de interés de estas inversiones. Concretamente, el artículo 4º de la Resolución Externa No. 3 de 2000 se modifica para establecer que la inversión en Títulos de Desarrollo Agropecuario Clase A y Clase B deberá estar representada en un 50% para cada clase, ambas indexadas al IBR.
Asimismo, el artículo 10º se actualiza para definir las tasas de interés de los TDA Clase A y B en función del IBR nominal a tres meses, ajustadas con descuentos específicos: 3.70 puntos porcentuales para la Clase A y 1.76 puntos porcentuales para la Clase B. El rendimiento se fijará trimestralmente con base en el IBR vigente al inicio del período.
Acciones y regulaciones establecidas
El proyecto contempla un periodo transitorio en el que las emisiones de Títulos de Desarrollo Agropecuario indexados a la DTF podrán seguir computándose para el cumplimiento del requerimiento de inversión obligatoria hasta el tercer trimestre calendario de cálculo de 2026. Durante este tiempo, la determinación de los rendimientos para dichos títulos se mantendrá con base en la tasa DTF efectiva anual vigente al inicio de cada trimestre, garantizando así la estabilidad en la remuneración de estas inversiones.
Además, se establece que el Banco de la República expedirá reglamentación de carácter general para definir los lineamientos relacionados con la liquidación de rendimientos y la base de cálculo correspondiente, lo que permitirá una aplicación uniforme y transparente de las nuevas disposiciones.
Impacto esperado y alcance potencial
El impacto principal de esta modificación radica en la actualización del marco normativo que regula las inversiones obligatorias en el sector agropecuario, en sintonía con los cambios en las tasas de referencia financiera nacionales. Al adoptar el IBR como única referencia, se busca facilitar la gestión de estas inversiones, reducir incertidumbres y promover una mejor alineación con las condiciones actuales del mercado financiero.
Esta medida tiene relevancia para los establecimientos de crédito, que deben cumplir con requerimientos de inversión en TDA, así como para los agentes del sector agropecuario que dependen de la financiación y estabilidad de estos instrumentos. Además, contribuye a la implementación efectiva de las disposiciones del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
Participación de actores clave
El proyecto de resolución fue publicado para comentarios por un período de siete días calendario, permitiendo la participación de diversos actores interesados, incluyendo entidades financieras, representantes del sector agropecuario y otros sectores relacionados. Esta apertura busca recoger observaciones y enriquecer el proceso regulatorio.
La regulación se fundamenta en normas legales vigentes, entre ellas el artículo 58 de la Ley 31 de 1992 y varios artículos del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), lo que otorga seguridad jurídica a las modificaciones propuestas.
Conclusión
El proyecto de resolución del Banco de la República introduce modificaciones significativas en la regulación de las inversiones obligatorias en Títulos de Desarrollo Agropecuario, adaptándose a la eliminación de la tasa DTF y consolidando el uso del IBR como referencia única para la indexación de dichos títulos. Estas medidas buscan garantizar la estabilidad y eficiencia en el cumplimiento de la inversión obligatoria, así como promover el desarrollo del sector agropecuario mediante instrumentos financieros actualizados y alineados con las condiciones del mercado nacional.
La participación ciudadana y de los sectores involucrados durante el periodo de comentarios contribuirá a un proceso regulatorio transparente y efectivo, asegurando que las disposiciones finales respondan a las necesidades del mercado y favorezcan el crecimiento sostenible del sector agropecuario en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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