Delegación temporal de funciones presidenciales durante viaje internacional, según Decreto 0817 de 2025
Proviene de: Decretos
18 de julio de 2025 12:34:58
Contexto y propósito del Decreto 0817 de 2025
El 17 de julio de 2025, la Presidencia de la República emitió el Decreto 0817, publicado en el Diario Oficial No. 53.184, con el fin de delegar temporalmente ciertas funciones legales y constitucionales del Presidente de la República en el Ministro de Hacienda y Crédito Público. Esta disposición se fundamenta en el artículo 196 de la Constitución Política, que establece la posibilidad de delegación cuando el Presidente se traslada al extranjero en ejercicio de su cargo. El decreto responde a la necesidad de mantener el funcionamiento pleno del Ejecutivo durante la ausencia del mandatario nacional, quien viajará a la República de Chile para participar en la “Reunión de Alto Nivel, Democracia Siempre” entre el 20 y el 22 de julio de 2025. Esta situación plantea la obligación administrativa de garantizar que las funciones presidenciales no se vean interrumpidas, preservando así la estabilidad institucional y la gobernabilidad.Medidas y alcance de la delegación de funciones
El decreto establece que por el tiempo que dure la ausencia presidencial, el Ministro de Hacienda y Crédito Público asume bajo su propia responsabilidad las funciones legales y constitucionales delegadas, conforme a la precedencia establecida por la ley y respetando que el funcionario pertenece al mismo movimiento político del Presidente. Entre las atribuciones delegadas se incluyen, sin limitarse a:- El ejercicio de las funciones contempladas en varios artículos de la Constitución Política, tales como el artículo 129 (relacionado con la administración pública), el inciso quinto del artículo 138 (sobre nombramientos), y el artículo 189, con algunas excepciones específicas.
- El ejercicio parcial de las facultades extraordinarias...
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