Consejo de Estado aclara prescripción de derechos por modificación en homologación de cargos en el sector educativo
Proviene de: Sentencias
18 de julio de 2025 12:42:6
Contexto y antecedentes de la consulta
La consulta fue planteada por el Ministerio de Educación Nacional ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en virtud del numeral 1° del artículo 112 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que establece que esta sala actúa como cuerpo consultivo supremo del Gobierno en asuntos de administración. La inquietud surge en torno al proceso de descentralización del servicio educativo en Colombia, que mediante la Ley 60 de 1993 y la Ley 715 de 2001, transfirió competencias a municipios, distritos y departamentos para la administración del servicio educativo, incluyendo la homologación y nivelación salarial del personal administrativo incorporado a sus plantas. El Ministerio expuso que, aunque el derecho a solicitar la revisión de la homologación es imprescriptible, el retroactivo derivado de la modificación de la homologación sí está sujeto a prescripción, generándose interpretaciones divergentes sobre el momento desde el cual se cuenta el término de prescripción y sobre la interrupción de este a partir de la reclamación. Asimismo, se presentaron diversas posturas jurídicas internas y de sindicatos en relación con la forma de contabilizar la prescripción y la exigibilidad de los derechos retroactivos.Marco jurídico y proceso de descentralización educativa
El análisis parte de la configuración constitucional del Estado Social de Derecho, descentralizado y con autonomía territorial, según los artículos 1°, 287 y 356 de la Constitución Política. En este marco, el servicio educativo fue descentralizado progresivamente: primero a nivel departamental mediante la Ley 60 de 1993 y posteriormente a nivel municipal con la Ley 715 de 2001, que...Más noticias sobre Derecho Laboral
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