Consejo de Estado deniega suspensión provisional sobre destinación de recursos del Fondo Nacional del Notariado
Proviene de: Sentencias
18 de julio de 2025 12:42:36
Contexto y antecedentes del caso
La Unión Colegiada del Notariado Colombiano (UCNC), junto con otro actor, interpuso un medio de control de nulidad ante el Consejo de Estado, con el fin de declarar la nulidad de ciertas disposiciones contenidas en el artículo 81 del Decreto 1890 de 1999 y en el Decreto 2245 de 2000. Se solicitó, además, la suspensión provisional de los efectos de dichas normas. De forma paralela, un ciudadano presentó demanda y pidió la suspensión provisional del artículo 81 del Decreto 1890 de 1999. Ambos procesos fueron acumulados para su trámite.
Los actores alegaron que los decretos impugnados alteran las finalidades originalmente establecidas para el Fondo Nacional del Notariado (FONANOT), creado por la Ley 29 de 1973 con el propósito de mejorar las condiciones económicas de los notarios con insuficientes ingresos, promover su capacitación y divulgar el derecho notarial. Señalaron que los decretos demandados introducen nuevas destinaciones para los recursos del fondo, tales como la financiación de concursos de ingreso a la carrera notarial, el otorgamiento de subsidios para notarías afectadas por catástrofes, la adecuación del archivo notarial en el Archivo General de la Nación y la impresión y distribución de folios de registro civil, sin que tales finalidades estén previstas en la legislación superior.
Además, se sostuvo que estas modificaciones desconocen normas superiores, incluyendo disposiciones constitucionales y legales, y que la regulación del servicio público notarial debe ser competencia exclusiva de la ley, no del Gobierno Nacional mediante decretos.
Pronunciamientos de las entidades demandadas
En el trámite de las solicitudes de suspensión provisional, el Ministerio de Justicia y del Derecho, la...
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