Consejo de Estado niega suspensión provisional sobre liquidación de intereses moratorios en materia tributaria por la DIAN
Proviene de: Sentencias
18 de julio de 2025 12:49:37
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de última instancia en materia contencioso administrativa, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió un auto que resuelve la solicitud de suspensión provisional presentada contra dos oficios expedidos por la DIAN. Estos documentos administrativos, fechados en junio de 2024 y agosto de 2023, contienen criterios sobre la interpretación y aplicación de los intereses moratorios en el ámbito tributario, en particular respecto a la posibilidad de aplicar el principio de favorabilidad en la liquidación de dichos intereses. La suspensión provisional es una medida cautelar que busca impedir que un acto administrativo continúe produciendo efectos mientras se resuelve el fondo del asunto, con el fin de evitar perjuicios difíciles o imposibles de reparar. En este caso, el actor solicitó dicha medida para evitar que la DIAN continúe aplicando un único método para liquidar intereses moratorios, que según su criterio, resulta más gravoso para los contribuyentes al no tener en cuenta posibles beneficios derivados del principio de favorabilidad tributaria.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante cuestionó la legalidad de dos oficios expedidos por la DIAN que establecen el método para la liquidación de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias. Sostuvo que estos actos no aplican correctamente el principio de legalidad ni el de favorabilidad tributaria, vulnerando con ello el artículo 29 de la Constitución Política y varios artículos del Estatuto Tributario (ET), específicamente los artículos 590, 634, 635 y 365. El argumento central del demandante radica en que la DIAN aplica exclusivamente el método previsto en el artículo 590...Más noticias sobre Derecho Tributario
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