Consejo de Estado anula contribución adicional de 2020 para empresa de servicios públicos domiciliarios
Proviene de: Sentencias
18 de julio de 2025 12:52:29
Contexto y tribunal competente
La providencia es una sentencia de segunda instancia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, máxima jurisdicción administrativa en Colombia. La decisión resuelve un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La controversia gira en torno a la legalidad de la contribución adicional establecida para el año 2020 a cargo de una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó tras la expedición de una Liquidación Adicional en agosto de 2020 por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), que determinó el pago de una contribución adicional con base en el artículo 314 de la Ley 1955 de 2019. Posteriormente, la SSPD emitió una resolución en diciembre de 2021 que resolvió un recurso de reposición presentado por la empresa demandante, modificando ligeramente el valor a pagar. Sin embargo, el recurso de apelación interpuesto contra esta decisión no fue resuelto expresamente, configurándose un acto presunto negativo. La empresa demandante instauró acción de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando, entre otras causas, la inaplicabilidad de la contribución adicional por la declaratoria de inexequibilidad de los artículos 18 y 314 de la Ley 1955 de 2019 por parte de la Corte Constitucional. También cuestionó la base gravable utilizada para liquidar el tributo y denunció violaciones a principios constitucionales como la legalidad tributaria, la irretroactividad y el debido proceso. En primera instancia, el Tribunal Administrativo accedió a la demanda, declaró...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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