Contexto y marco normativo del proyecto
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible anunciaría el proyecto de decreto número de 2025, el cual buscaría adicionar el capítulo 10 al Título 2, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Este decreto único tiene como finalidad reglamentar las condiciones para la obtención de la licencia ambiental en proyectos de energía solar, alineándose con la política nacional de transición energética justa y sostenible. La fecha de anuncio o publicación del proyecto se situaría en torno al 29 de julio de 2022, según el documento.
El decreto modificaría y complementaría la reglamentación vigente relacionada con el licenciamiento ambiental, estableciendo disposiciones específicas para proyectos de energía solar, en cumplimiento de las competencias que posee el Ministerio y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
Propósito principal y grupos afectados
El propósito central del proyecto de decreto sería racionalizar y simplificar los criterios y procedimientos para la obtención de la licencia ambiental en proyectos de generación de energía solar con capacidades instaladas entre 10 y 100 megavatios (MW). Esto permitiría impulsar la incorporación de fuentes de energía renovable no convencional, específicamente la solar, en la matriz energética del país, con un enfoque en la transición energética justa, la descarbonización de la economía y el cumplimiento de compromisos internacionales en materia climática.
Los sectores afectados incluirían desarrolladores de proyectos de energía solar, autoridades ambientales regionales y nacionales, comunidades locales y actores vinculados a la gestión ambiental y energética en Colombia.
Modificaciones y nuevas regulaciones propuestas
El proyecto de decreto establecería un trámite racionalizado para la solicitud, evaluación, otorgamiento y seguimiento de la Licencia Ambiental para proyectos de energía solar (LASolar), bajo la competencia de la ANLA. Entre las modificaciones más relevantes se encontrarían:
- Definición clara de los proyectos que aplicarían al trámite racionalizado, específicamente proyectos con capacidad instalada entre 10 y 100 MW.
- Establecimiento de criterios de inclusión para los proyectos, tales como su ubicación en áreas definidas por el sistema CORINE Land Cover ajustado para Colombia, limitaciones sobre aprovechamiento forestal, protección de superficies de agua y distancias mínimas a otros proyectos solares.
- Requerimientos específicos para la presentación de la solicitud, incluyendo coordenadas geográficas, precaracterización del área, distribución preliminar de infraestructura, descripción de fases del proyecto y certificación de consulta previa cuando aplique.
- Detallados términos de referencia específicos para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que incluirían aspectos como línea base ambiental, evaluación de impactos, planes de manejo ambiental, gestión del cambio climático, plan de cierre y acuerdos sociales y de gobernanza.
- Incorporación de mecanismos de acuerdos sociales con comunidades locales y gobernanza territorial, para promover el desarrollo económico, social y ambiental de las regiones impactadas por los proyectos.
- Racionalización de términos para el otorgamiento de la licencia ambiental, con plazos máximos para verificación y evaluación por parte de la ANLA y para la presentación de aclaraciones o complementos por parte del solicitante.
- Prohibición de tramitar simultáneamente la LASolar y licencias bajo el capítulo 9 del decreto vigente para proyectos solares, estableciendo un régimen de transición para aquellos proyectos en trámite bajo la normativa anterior.
- Incorporación de un modelo de compensación ambiental que incluiría la implementación de comunidades energéticas y encadenamientos productivos asociados.
- Regulación sobre la sustracción de áreas de reserva forestal conforme a la Ley 2 de 1959, con excepciones determinadas por el Ministerio.
- Definición de actividades consideradas de bajo impacto ambiental y beneficio social, que podrían desarrollarse sin necesidad de sustracción de reserva forestal, tales como soluciones fotovoltaicas aisladas, interconexión de viviendas al sistema local, comunidades energéticas solares menores a 5 MW y microrredes conforme al plan de expansión de cobertura eléctrica.
Acciones y disposiciones específicas
El proyecto indicaría que la ANLA sería la entidad encargada de verificar el cumplimiento de los criterios de inclusión y de expedir los términos de referencia específicos para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental. Además, se establecerían plazos concretos para el proceso de evaluación y la respuesta a los interesados.
Se promovería la participación ciudadana y la gobernanza territorial durante la etapa de seguimiento del proyecto, en línea con la Ley 2273 de 2022. En casos donde la consulta previa fuera procedente, esta debería ser protocolizada antes del otorgamiento de la licencia.
El documento también explicaría que la aprobación de la licencia no implicaría la asignación automática de capacidad de transporte en el sistema interconectado nacional.
Participación de actores clave
La implementación y supervisión de esta normativa estarían a cargo principalmente del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales. Además, se prevé la participación de las Corporaciones Autónomas Regionales y autoridades étnicas con competencias ambientales, especialmente en territorios donde se desarrollen proyectos que requieran consulta previa.
Las comunidades locales también tendrían un papel relevante a través de los acuerdos sociales y la gobernanza territorial, promoviendo mecanismos que favorezcan el desarrollo sostenible y el beneficio social en las regiones afectadas.
Información adicional y participación ciudadana
Aunque el proyecto de decreto no estaría vigente, se esperaría que su texto completo fuera divulgado para conocimiento público, ofreciendo espacios para la recepción de comentarios y observaciones de la ciudadanía y demás actores interesados. Esta participación sería fundamental para ajustar y perfeccionar la regulación antes de su posible adopción. Los canales y plazos para la participación ciudadana serían determinados por el Ministerio correspondiente y publicados en los medios oficiales.
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Este proyecto de decreto buscaría fortalecer la regulación ambiental en el sector de energías renovables, facilitando y regulando la incorporación de proyectos de energía solar en Colombia, con miras a cumplir metas de sostenibilidad y transición energética en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y compromisos internacionales en materia climática. De esta forma, se espera impulsar el desarrollo sostenible del país, equilibrando el crecimiento económico con la protección del medio ambiente y el bienestar de las comunidades locales.