Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La presente regulación fue adoptada mediante la
Resolución 7607 de 2025, emitida el 26 de junio de 2025 por la
Registraduría Nacional del Estado Civil. Su publicación oficial se realizó en el Diario Oficial No. 53.188 el 21 de julio de 2025. Esta entidad, encargada de la organización y dirección de los procesos electorales en Colombia, ejerce aquí su competencia para asegurar la participación política de los jóvenes en un proceso electoral específico.
Tema principal y destinatarios
La resolución tiene por objeto principal adoptar medidas que garanticen el ejercicio efectivo del derecho al voto a los jóvenes entre 14 y 28 años en las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud. Estas elecciones están previstas para el 19 de octubre de 2025 y constituyen un mecanismo fundamental para la participación de la población juvenil en la vida política y comunitaria del país.
El destinatario principal son los jóvenes colombianos habilitados para votar dentro del rango de edad mencionado y cuyos documentos de identidad estén registrados en el censo nacional electoral de jóvenes. Además, la resolución orienta a los jurados de votación, registradores del Estado Civil y demás autoridades electorales involucradas en la organización del proceso electoral juvenil.
Objetivo de la resolución
El propósito central de esta resolución es facilitar y asegurar el derecho al sufragio juvenil en las elecciones de los Consejos de Juventud, promoviendo la participación de este segmento poblacional en los asuntos públicos y garantizando que puedan votar en el puesto de votación más cercano a su lugar de residencia.
Esta medida responde a mandatos constitucionales y legales que consagran la participación política como un derecho fundamental y un deber ciudadano, especialmente en el contexto de la ciudadanía juvenil, cuya inclusión en los procesos democráticos busca fortalecer la democracia y la representación social.
Principales decisiones y regulaciones contenidas
Entre las decisiones más relevantes se destacan:
- Facultad de votar en cualquier municipio: Los jóvenes que cumplan con los requisitos y estén inscritos en el censo nacional electoral podrán sufragar en el puesto de votación más cercano, sin importar la localidad en la que estén registrados originalmente.
- Registro de votación: Los jurados de votación deberán diligenciar el formulario E-11J, registrando el número de documento, nombres, apellidos, huella en tinta y firma del joven elector.
- Divulgación de la resolución: Los registradores del Estado Civil tienen la responsabilidad de informar a la ciudadanía sobre el contenido y la importancia de esta resolución, utilizando todos los medios disponibles para asegurar una amplia difusión.
- Comunicación institucional: La resolución será comunicada a diversas entidades públicas relacionadas con la organización y supervisión electoral, tales como el Consejo Nacional Electoral, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Ministerio del Interior, y otros actores vinculados con el Plan Ágora - Plan Nacional de Garantías Electorales 2025.
Base legal y marco normativo
La resolución se fundamenta en diversos preceptos constitucionales y legales, entre los que destacan:
- Constitución Política de Colombia: Artículos 2°, 40, 95 numeral 5 y 120, que establecen la participación ciudadana como derecho fundamental y atribuyen a la Registraduría Nacional la organización de elecciones.
- Decreto Ley 1010 de 2000: Numerales 2, 3 y 19 del artículo 35, que delegan funciones al Registrador en materia electoral.
- Ley Estatutaria 1622 de 2013 y Ley 1885 de 2018: Estatuto de Ciudadanía Juvenil y modificaciones que asignan a la Registraduría la organización de las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud.
Estas normas garantizan la competencia de la Registraduría para implementar políticas y estrategias orientadas a la participación electoral de los jóvenes.
Modificaciones y vigencia
La Resolución 7607 de 2025 no revoca ni modifica expresamente otras resoluciones previas, sino que se enmarca dentro del plan general de organización electoral, complementando la Resolución 2365 de 2025, que estableció el calendario electoral para las elecciones de Juventud. La presente regulación entra en vigor desde su publicación en el Diario Oficial.
Impacto potencial
Esta resolución representa un avance significativo en la inclusión política de la juventud colombiana, al facilitar mecanismos concretos para que los jóvenes puedan ejercer su derecho al voto sin obstáculos geográficos. Al permitir votar en el puesto más cercano, se reducen barreras a la participación y se incentiva la movilización electoral juvenil.
Asimismo, la normatividad refuerza la función de la Registraduría como garante de procesos electorales transparentes y accesibles, y promueve la difusión activa de los derechos políticos de los jóvenes, lo que puede mejorar la legitimidad y representatividad de los Consejos de Juventud electos.
En suma, la Resolución 7607 de 2025 consolida un marco jurídico que busca fortalecer la democracia participativa desde las bases juveniles, impulsando la consolidación de una ciudadanía activa y comprometida con el desarrollo social y político del país.
Para consultar el texto completo de la resolución, puede acceder al Diario Oficial No. 53.188 de 21 de julio de 2025 o a la página oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil.