Tribunal Administrativo de Bolívar modifica sentencia sobre traslado pensional y vulneración del debido proceso en fondo de pensiones
Proviene de: Sentencias
23 de julio de 2025 21:52:26
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de Decisión No. 6 del Tribunal Administrativo de Bolívar emitió una sentencia el 14 de mayo de 2024, en segunda instancia, dentro del trámite de impugnación de una acción de tutela interpuesta por una ciudadana contra el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones). La tutela buscaba garantizar derechos fundamentales relacionados con la pensión de vejez y el debido proceso en el sistema de seguridad social. El proceso se originó por la presunta vulneración del derecho a la seguridad social y debido proceso administrativo, derivado de la negativa o incumplimiento por parte de las entidades administradoras en reconocer el derecho pensional, tras una serie de dificultades relacionadas con el traslado entre regímenes pensionales.Antecedentes fácticos y procesales
La accionante solicitó en enero de 2024 el reconocimiento de su pensión de vejez ante el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, entidad en la que había realizado un traslado desde el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) a partir de junio de 2013. Sin embargo, fue informada posteriormente que no figuraba como afiliada en Porvenir y que, según el Ministerio de Hacienda, su afiliación al fondo se realizó a una edad que impedía legalmente el traslado entre regímenes, por lo que debería pensionarse a través de Colpensiones. Por su parte, Porvenir alegó que la afiliación había sido anulada debido a errores en la vinculación y que los aportes se estaban enviando a Colpensiones. Colpensiones, a su vez, negó estar afiliada a la solicitante y rechazó recibir la petición formal de reconocimiento...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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