Tribunal Administrativo de Bolívar confirma tutela por vulneración del derecho de petición pero declara carencia actual del objeto en solicitud de convalidación de título de posgrado
Proviene de: Sentencias
23 de julio de 2025 21:51:29
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante la Sentencia No. 35 de 2025, emitida por la Sala de Decisión No. 02, resolvió en segunda instancia una acción de tutela presentada contra el Ministerio de Educación Nacional. La decisión revisó la impugnación interpuesta por la entidad demandada contra una sentencia previa del Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Cartagena. La acción de tutela fue instaurada para proteger los derechos fundamentales al debido proceso y al derecho de petición, relacionados con la convalidación de un título de posgrado obtenido en el exterior.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante cursó un programa de maestría en “Gestión de Proyectos” en una universidad virtual extranjera, culminando en octubre de 2023 y recibiendo el diploma en mayo de 2024. Posteriormente, presentó la solicitud de convalidación de su título ante el Ministerio de Educación Nacional. En octubre de 2024, la entidad negó la convalidación alegando, entre otras cosas, la falta de certificación que acreditara la duración del programa y el tiempo previsto para el desarrollo de las competencias. Ante esta negativa, el solicitante interpuso un recurso de apelación en diciembre de 2024, el cual no fue respondido dentro del término legal por la entidad. Debido a esta falta de respuesta, se presentó la acción de tutela en abril de 2025, alegando vulneración de los derechos fundamentales mencionados. En primera instancia, el juzgado rechazó la tutela respecto a los derechos a la educación y al trabajo, por considerar que existían mecanismos judiciales ordinarios adecuados para resolver la controversia, pero amparó los derechos de petición y debido proceso,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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