Tribunal Administrativo de Bolívar confirma tutela por vulneración del derecho de petición contra Secretaría de Educación de Cartagena
Proviene de: Sentencias
23 de julio de 2025 21:51:10
Providencia y tribunal responsable
La providencia analizada corresponde a la Sentencia No. 23 de 2025, proferida por la Sala de Decisión No. 001 del Tribunal Administrativo de Bolívar, con sede en Cartagena de Indias. Esta sentencia es de segunda instancia y resuelve la impugnación presentada contra una decisión anterior emitida por el Juzgado Décimo Tercero Administrativo del Circuito de Cartagena. El caso se tramitó bajo el medio de control de acción de tutela, destinado a proteger derechos fundamentales.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició a raíz de una acción de tutela interpuesta por un ciudadano que solicitó amparo frente a la presunta vulneración de su derecho fundamental de petición. El origen del conflicto se encuentra en una solicitud de información presentada el 20 de enero de 2025 al Ministerio de Educación Nacional, dirigida a conocer detalles sobre la planta de personal y la vinculación laboral de profesionales universitarios en la Secretaría de Educación Distrital de Cartagena.
El Ministerio de Educación Nacional trasladó la petición a la Secretaría de Educación de Cartagena, entidad que debía responder en un término legal de quince días hábiles. Sin embargo, la Secretaría no entregó una respuesta oportuna, situación que motivó la interposición de la tutela. En primera instancia, el juzgado amparó el derecho fundamental de petición y ordenó que se expidiera una respuesta concreta en un plazo de tres días hábiles.
Posteriormente, la Secretaría de Educación impugnó la decisión, alegando que la respuesta había sido entregada y que, por tanto, se configuraba la carencia actual de objeto por hecho superado, ya que la petición había sido satisfecha antes...
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