Tribunal Administrativo de Bolívar confirma tutela por demora en reconocimiento pensional en sector educativo
Proviene de: Sentencias
23 de julio de 2025 21:50:51
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Bolívar, en su Sala de Decisión No. 01, resolvió la impugnación presentada contra la sentencia inicial pronunciada por el Juzgado Décimo Sexto Administrativo del Circuito de Cartagena. La acción de tutela fue instaurada para proteger los derechos fundamentales de petición y debido proceso de una docente que solicitó el reconocimiento de su pensión ante la Secretaría de Educación Departamental de Bolívar. El tribunal, competente conforme al artículo 86 de la Constitución Política y la Ley 1437 de 2011, revisó el proceso y determinó que no existían vicios procesales que impidieran la emisión de la decisión.Antecedentes fácticos y procesales
La solicitante presentó el 8 de octubre de 2024 una petición para el reconocimiento de su pensión de vejez ante la Secretaría de Educación Departamental de Bolívar. Esta entidad realizó la liquidación de la prestación el 18 de octubre y remitió el proyecto de acto administrativo al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), administrado por Fiduprevisora S.A., para su validación. Sin embargo, hasta la presentación de la acción de tutela, no se había expedido ni notificado una respuesta de fondo a la solicitud, a pesar de que el término legal para resolver este tipo de solicitudes es de cuatro meses, vencido el 9 de febrero de 2025. En primera instancia, el juzgado ordenó a la Secretaría de Educación Departamental, al Ministerio de Educación Nacional y al FOMAG emitir una respuesta completa y congruente en un plazo máximo de 48 horas. La Secretaría de Educación argumentó que había respondido vía correo electrónico el 10 de abril de 2025,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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