Superintendencia Financiera aprueba modificación al reglamento del Mercado Electrónico Colombiano para fortalecer los programas de formadores de liquidez
Proviene de: Resoluciones
24 de julio de 2025 21:42:1
Contexto y entidad emisora
La Resolución número 1250 de 2025, fechada el 26 de junio de 2025, fue emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, específicamente a través de la Delegatura para Intermediarios de Valores. Esta entidad, encargada de la inspección, vigilancia y control del mercado de valores en Colombia, actúa conforme a las facultades otorgadas por el Decreto 2555 de 2010 y la Ley 964 de 2005, normativas que regulan la actividad bursátil en el país.Objeto y destinatarios de la resolución
La resolución tiene como objetivo principal aprobar una modificación al reglamento del Sistema Centralizado de Operaciones de Negociación y Registro – MEC, que es administrado por la Bolsa de Valores de Colombia S.A. (BVC). En particular, se regula la operatividad de los programas de formadores de liquidez, mecanismos que facilitan la negociación y garantizan la continuidad y estabilidad en los precios de los valores negociados. El destinatario principal de esta resolución es la Bolsa de Valores de Colombia y, en general, las entidades habilitadas para actuar como formadores de liquidez, tales como sociedades comisionistas de bolsa, establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento y sociedades fiduciarias. Estas entidades desempeñan un papel crucial en la dinámica del mercado, pues su labor contribuye a incrementar la liquidez y mejorar el funcionamiento del mercado de valores.Finalidad y alcance de la modificación
La reforma aprobada responde a la necesidad de adaptar el reglamento del MEC a lo establecido en el Decreto 1239 de 2024. La finalidad es establecer un marco normativo claro y actualizado para los formadores de liquidez, definiendo los mecanismos de actuación, obligaciones, prohibiciones,...Más noticias sobre Derecho financiero
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