Corte Constitucional revoca decisión sobre personería jurídica de agrupaciones políticas en coaliciones electorales
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 21:41:25
Contexto y Tribunal
La decisión fue proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia, en ejercicio de su competencia para revisar acciones de tutela contra providencias judiciales, específicamente una acción interpuesta contra la Sección Quinta del Consejo de Estado. El caso se originó en un proceso de única instancia en materia de nulidad simple, donde el Consejo de Estado anuló las resoluciones administrativas mediante las cuales el Consejo Nacional Electoral (CNE) había reconocido personería jurídica a una agrupación política que participó en una coalición cuya lista superó el umbral del 3% de los votos válidos en elecciones al Congreso.
Antecedentes fácticos y procesales
Una agrupación política constituida formalmente en 2018 fue registrada inicialmente sin personería jurídica. Para las elecciones legislativas de 2022, esta agrupación integró la coalición Alianza Verde y Centro Esperanza (AVCE), junto con varios partidos políticos con personería jurídica. Debido a que no contaba con personería jurídica, sus candidatos fueron avalados por otro partido integrante de la coalición. La coalición superó el umbral electoral del 3%, logrando la elección de varios congresistas.
Con base en estos resultados, el CNE expidió resoluciones reconociendo la personería jurídica a la agrupación política en cuestión. Sin embargo, una ciudadana interpuso acción de nulidad contra estas resoluciones, argumentando que la agrupación no cumplía con los requisitos constitucionales para integrar coaliciones ni para obtener personería jurídica, y que existía una prohibición de doble militancia.
La Sección Quinta del Consejo de Estado acogió la demanda y anuló las resoluciones del CNE, argumentando que solo las agrupaciones con personería jurídica pueden formar parte de coaliciones con efectos jurídicos...
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