Consejo de Estado admite demanda contra intervención administrativa de Nueva EPS por Superintendencia Nacional de Salud
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 21:41:15
Contexto y antecedentes del proceso
El pasado 11 de julio de 2025, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá D.C., profirió un auto interlocutorio mediante el cual admitió una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad. La acción fue instaurada por un particular en contra de la resolución expedida el 3 de abril de 2024 por la Superintendencia Nacional de Salud, que ordenó la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios, así como la intervención forzosa administrativa para la administración de la Nueva Empresa Promotora de Salud S.A. (Nueva EPS), identificada con el NIT correspondiente.
Posteriormente, dicha intervención fue prorrogada mediante resolución del 2 de abril de 2025, medida que también se encuentra bajo cuestionamiento en el proceso judicial. La demanda busca obtener la nulidad de estos actos administrativos y la suspensión provisional de sus efectos.
Detalles de la providencia y procedimiento procesal
El Consejo de Estado admitió la demanda tras verificar que cumple con los requisitos formales establecidos en los artículos 162 a 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), y conforme al artículo 137 del mismo cuerpo normativo. En consecuencia, se ordenó la notificación personal a la Superintendencia Nacional de Salud, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, al Procurador Delegado ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, así como a la entidad intervenida y a su interventor designado, todos en los términos previstos por la ley.
Además, se estableció un plazo de treinta (30) días para que las partes notificadas contesten la demanda, propongan excepciones, soliciten pruebas o llamen en garantía, conforme al artículo 172 del CPACA. Dentro de este término, la parte demandada debe allegar los antecedentes administrativos relacionados con el acto objeto de la demanda, bajo la advertencia de que el incumplimiento de esta obligación constituye una falta disciplinaria gravísima.
De igual forma, el Consejo de Estado dispuso informar a la comunidad sobre la existencia del proceso a través de su sitio web, en cumplimiento del numeral 5 del artículo 171 del CPACA, con el propósito de garantizar la transparencia y publicidad del procedimiento.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El auto interlocutorio se fundamenta en la revisión formal de la demanda y en la obligación constitucional y legal del Consejo de Estado de garantizar el control de legalidad de los actos administrativos que afectan derechos o intereses legítimos. La admisión de la demanda implica que el tribunal encontró indicios suficientes para dar trámite a la controversia, sin que ello prejuzgue sobre el fondo del asunto, que será objeto de análisis en la fase principal del proceso.
La decisión también enfatiza la importancia de respetar el debido proceso y la participación de todas las partes involucradas, incluyendo la Superintendencia Nacional de Salud como entidad demandada y la Nueva EPS junto con su interventor como terceros con interés directo en las resultas del proceso.
Finalmente, el auto interlocutorio reafirma el principio de publicidad de los procesos judiciales administrativos y la necesidad de mantener informada a la sociedad sobre decisiones relevantes que afectan la administración de entidades de salud y los derechos de los usuarios del sistema.
Implicaciones y próximas etapas
Con la admisión de la demanda, el proceso judicial continuará con la etapa de traslado para que las partes involucradas presenten sus argumentos y pruebas. La resolución final del Consejo de Estado podrá confirmar, modificar o anular la intervención administrativa ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud.
Este caso reviste particular interés dado que involucra la administración de una entidad promotora de salud y la actuación de la autoridad sanitaria en el marco de sus facultades regulatorias y de control, aspectos fundamentales para la garantía del derecho a la salud y la correcta prestación de servicios en el sistema de salud.
El desarrollo del proceso será seguido con atención por operadores jurídicos, entidades del sector salud y la ciudadanía en general, dada la relevancia de las decisiones judiciales en materia administrativa y la protección de los derechos colectivos e individuales en este ámbito. La decisión que adopte el Consejo de Estado sentará un precedente importante sobre la intervención administrativa en entidades del sector salud y su impacto en la prestación de servicios a los usuarios.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.