Consejo de Estado declara responsabilidad patrimonial del Estado por lesiones durante captura y detención transitoria
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:35:12
Contexto y competencia jurisdiccional
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el marco de un proceso de reparación directa. Se trata de un medio de control idóneo para reclamar la reparación del daño antijurídico causado por la acción u omisión de agentes del Estado, en este caso por actuaciones relacionadas con la captura, detención y procedimiento penal de una persona. La competencia se fundamenta en los artículos 104, 150 y 152 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), y la cuantía supera los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se origina en la captura ordenada por la Fiscalía General de la Nación, ejecutada por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en el marco de una investigación por un atentado terrorista ocurrido en Bogotá. La persona capturada fue sometida a detención preventiva tras la imposición de medida de aseguramiento por la Fiscalía, basada en declaraciones de un testigo colaborador, interceptaciones telefónicas y pruebas documentales. Durante la captura, se constató que sufrió lesiones no fatales ocasionadas por la colocación excesivamente ajustada de esposas, certificadas mediante informe médico legal. Posteriormente, la persona fue recluida en instalaciones del DAS y luego trasladada a un establecimiento penitenciario de máxima seguridad, aunque hubo un retraso en este traslado por solicitud del DAS, con el argumento de facilitar la colaboración del detenido en la investigación. El proceso penal culminó con sentencias absolutorias en primera y segunda instancia, que confirmaron la falta de mérito para condenar,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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