Consejo de Estado anula liquidación unilateral y ordena liquidación judicial de contrato de obra en Bogotá
Proviene de: Sentencias
24 de julio de 2025 22:35:2
Providencia de segunda instancia emitida por el Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, en ejercicio de la jurisdicción de segunda instancia, emitió una sentencia el primero de julio de 2025, en el expediente correspondiente a controversias contractuales entre un consorcio contratista y la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá D.C. – Fondo de Desarrollo Local de Engativá.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se origina en un contrato de obra pública suscrito el 30 de abril de 2015, cuyo objeto consistió en la realización de obras de mantenimiento y adecuación de la malla vial y andenes en la localidad de Engativá, Bogotá. El contrato, pactado bajo el sistema de precios unitarios, tuvo un valor inicial de doce mil millones de pesos, posteriormente aumentado a dieciocho mil millones mediante adiciones y prórrogas, con un plazo total que se extendió hasta marzo de 2017. Durante la ejecución, se suscribieron actas de suspensión del contrato debido a retrasos en la aprobación de diseños por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad. El 22 de agosto de 2017 se firmó el acta de terminación del contrato y el 30 de noviembre de ese mismo año, el acta de recibo final a satisfacción de la obra. Sin embargo, en 2020 la entidad contratante profirió la Resolución mediante la cual liquidó unilateralmente el contrato, aplicando descuentos por supuestos incumplimientos y mayores pagos durante la ejecución, generando un saldo a favor propio superior al saldo a favor del contratista. El contratista solicitó la nulidad de esta liquidación unilateral y la liquidación...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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